Temas de Empresa & Familia

Cómo deben actuar las empresas ante la situación ‘corona virus’​

 

Dado que las situaciones de crisis son generadas por factores imponderables o imprevistos, normalmente se presentan dificultades para su evaluación y, consecuentemente, tanto para la elaboración de diagnósticos precisos y completos, como para la adopción de decisiones oportunas y adecuadas.

Habitualmente, estas situaciones -tensas, dinámicas e inciertas- son agravadas por la convergencia de datos contradictorios e imprecisos; por la intensidad de las distintas presiones externas e internas; y en ocasiones por la persistencia de las demandas periodísticas de los medios de prensa.

Es dable advertir que las características de estas contingencias plantean la necesidad de disponer de un conjunto de previsiones que oriente y facilite la adopción de decisiones eficaces durante las mismas a fin de minimizar las contingencias de la situación.

Prevenir una crisis requiere dedicación y tiempo. Es esperable que en tiempo de paz las empresas anticipen los escenarios potenciales, elaboren los planes de prevención de riesgos y manejo de crisis, diseñen y operen simulacros para evaluar los procedimientos y realizar por supuestos capacitación sobre como enfrentar a los medios (media training).

 

 

Ahora estamos en ‘tiempos de guerra’. El corona virus nos afecta a todos por igual, por lo que independientemente de acciones que tomen a nivel RRHH para prevenir su contagio como son el home office, postergar viajes y eventos, mantener distancias prudentes, limpiar bien los puestos de trabajo, concientizar al personal respecto a las mejores medidas de higiene personal (¿cómo lavarse las manos?; ¿cómo hay que toser?, etc), las compañías deben trabajar en 3 programas específicos de forma inmediata:

1) Principales necesidades de información inicial (¿qué es el corona virus?; ¿cómo se propagó?; ¿quiénes son las personas de mayor riesgo?, etc).

2) Probables requerimientos internos y externos de información (¿qué va a hacer la empresa en esta situación?; ¿cómo va a afectar ello el trabajo?; ¿tiene la empresa algún afectado?, etc).

3) Principales factores de análisis (¿hay personal o familiares del personal que hayan viajado recientemente al exterior?; ¿cómo evoluciona el virus en el país, provincia, en la que estoy presente?; ¿qué medidas está tomando el gobierno nacional / provincial / municipal para evitar el contagio?; ¿a dónde debemos llamar ante un eventual contagio?; etc.)

Asimismo, por medio de las Medidas de Coordinación se deben establecer las disposiciones comunes para la adecuada conducción general de las actividades previstas para una situación de estas características. Algunas de estas disposiciones son las que se mencionan a continuación:

  • Asignación de responsabilidades adicionales
  • Relaciones de dependencia transitorias
  • Órganos y mecanismos de control
  • Centros de comunicación e información
  • Convenios y acuerdos
  • Modalidades de supervisión y evaluación
  • Listados de los números telefónicos de emergencia

Ante una situación así hay que actuar. La mejor forma de no tener una crisis es prevenirla.

Máximo Crespo, Socio de HRC.

 

 

 

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Programa ejecutivo de empresas familiares

 

“Cada familia feliz se parece a otras familias felices. Cada familia infeliz es infeliz en su propio estilo”. León Tolstoi

 Con esa frase como admonición e inspiración, desarrollamos en el marco de Educación Ejecutiva de la Universidad Torcuato Di Tella el Programa de Empresas Familiares: estrategias para su crecimiento y consolidación.

Las estadísticas dicen que sólo el 15 % de las empresas familiares pasan exitosamente de primera a segunda generación, y apenas el 6 % se mantienen en tercera generación.

¿Son ciertas? Seguramente, ciertas pero desactualizadas, ya que, desde hace treinta años, se está desarrollando la educación y la consultoría en empresas familiares, como herramientas para ayudar a preservar las empresas familiares a lo largo de las generaciones.

Hace muchos años, cuando todavía la educación en empresas familiares no estaba tan difundida, un empresario me dijo: – quiero favorecer a mi yerno, que es un pibe bárbaro. Voy a comprar un negocio para que él lo maneje y sea mi socio –.

No parecía muy interesado en mi opinión al respecto, pero igual le dije: – tenés dos hijas y un hijo…cuál es tu plan de apoyo a los otros parientes políticos? –

  • Mi hija del medio no tiene novio, y, la verdad, a la novia de mi hijo mucho no me la banco. –  

La historia siguió como Uds. se imaginan: el empresario compró el negocio, al poco tiempo tuvo una fuerte pelea con su hijo (porque pretendía que su novia entrara a trabajar en la empresa) y, años después, el conflicto fue con su hija del medio, que se había puesto de novia con un simpático rockero, también necesitado de un buen trabajo.

 

 

Probablemente estas situaciones no volverían a ocurrir en el presente, con el grado de conciencia actual respecto de los riesgos que corre la familia empresaria por decisiones que se adoptan con las mejores intenciones, pero que generan inequidad.

Esa conciencia es fruto de la difusión de la temática de las empresas familiares, y de los procesos de educación de sus integrantes, a través de diversos programas que se desarrollan en universidades y en cámaras empresarias.

Nuestra experiencia abarca la participación en conferencias internacionales, eventos especiales en cámaras empresarias,  charlas de concientización en la comunidad Vistage y el Programa de Empresas Familiares en la Universidad Torcuato Di Tella.

En todos los casos, la exposición de casos y el análisis de situaciones que atraviesan las familias a lo largo de su trayectoria ayudan a otros integrantes de familias empresarias a no cometer los mismos errores, y a adoptar las mejores prácticas para el desarrollo de la empresa y el bienestar familiar.

Ocurre que la empresa y la familia son dos organizaciones que tienen componentes diferentes (no todos los que están en la empresa son familiares, y no todos los familiares están en la empresa) y también tienen finalidades diferentes: la empresa tiene una finalidad de éxito y lucro, en tanto que la familia tiene como propósito el bienestar de sus integrantes y su desarrollo personal.

 

 

Nuestro programa en la Universidad Torcuato Di Tella busca satisfacer los siguientes objetivos

  • Identificar los elementos distintivos de las empresas de familia y de las familias empresarias.

Probablemente, este punto arroje luz a cada uno de los participantes, en función de su propia experiencia y el intercambio con otros empresarios o hijos de empresarios.

  • Conocer las distintas etapas de la empresa de familia, a fin de hacer los aportes organizativos propios de cada etapa.

Para el éxito de la empresa, es necesario identificar con la mayor claridad posible en qué etapa de desarrollo se encuentra, de la misma manera que, en la sociedad, no tratamos de igual manera a un niño, a un adolescente y a un adulto, quienes tienen diferentes necesidades y expectativas, diferentes metas y distintas maneras de lograrlas.

  • Formular un modelo sustentable de consolidación y traspaso generacional

Pensemos que la empresa de familia tiene como finalidad principalísima su continuidad. Desde esa perspectiva, poder diseñar el modelo en función del cual pasará de una generación a otra resulta clave para adoptar medidas coherentes, que ayuden a la comprensión y unidad familiar.

  • Nutrirse de las mejores prácticas de otras empresas

Desde la primera versión de este Programa lo hemos encarado como un espacio interactivo, con importante participación de los asistentes, a fin de poner de manifiesto sus propias experiencias e ideas, lo que ayuda a una mejor comprensión de cada tema, al ligarlo con las propias vivencias y las de otras familias empresarias.

  • Comprender el marco legal, para poder utilizar los instrumentos más adecuados.

Actualmente tenemos a disposición el nuevo Código Civil y Comercial, para forjar soluciones sustentables en el largo plazo. Sin embargo, tomemos en cuenta que el modelo que naturalmente protege el Código no es el mejor para muchas empresas familiares, y que, por lo tanto, hay que conocer profundamente el sistema legal para determinar con claridad cómo llegar a los objetivos.  

Programa de Estudios

Módulo 1.- EMPRESA Y FAMILIA, MODELO PARA ARMAR

El modelo de los tres conjuntos: familia, gestión empresarial y propiedad.

Tipos de empresas de familia y su viabilidad presente y futura. El Grupo empresario-familiar.

Etapas de desarrollo generacional: el fundador, coexistencia con segunda generación, sociedad de hermanos, consorcio de primos.

Planificación del traspaso generacional en la empresa de familia y en la familia empresaria.

 

Módulo 2: EL SALTO DEL DUEÑO

Qué significa profesionalizar una empresa de familia.

El proceso, paso a paso.

Barreras y resistencias, y cómo superarlas.

Las dimensiones de la Estrategia, las Personas, los Procesos y la Información.

 

Módulo 3: HERMANOS Y HERMANAS EN LA EMPRESA DE FAMILIA

Aspectos psicológicos y sociológicos involucrados.

El orden de los nacimientos, y su impacto en la empresa

Herederos y sucesores en la empresa de familia

Herman@ que dirige, que acompaña, que se opone, que está ausente.

Hermanos y hermanas…políticos. 

 

Módulo 4: TRABAJAR EN (Y CON) LA EMPRESA DE FAMILIA

Pautas para el ingreso, la permanencia y el egreso de miembros de la familia

Las pasantías en la empresa.

El plan de carrera. Las pautas de retribución

La responsabilidad social familiar: soluciones para un familiar desocupado.

Los otros roles de los familiares: consultores externos, proveedores, etc..

 

Módulo 5: DIRIGIR Y GERENCIAR

Conceptos de gobernancia, dirección y gerenciamiento.

Mecanismos de control

El organigrama y las descripciones de funciones, objetivos y responsabilidades

Gerentes y directores no familiares.

Directorio, Comité de Dirección y Consejo de Familia. 

 

Módulo 6: INSTRUMENTOS PARA EL ENCUADRE LEGAL

Los acuerdos societarios para la consolidación y la continuidad: su valor legal.

El protocolo empresario-familiar: ¿cuándo, cómo, para qué?

El convenio de continuidad empresaria

Fideicomisos de protección empresaria y familiar

La sindicación de acciones

Otros pactos societarios

 

Módulo 7: PREVENIR Y RESOLVER CONFLICTOS

Los conflictos: sus orígenes y desencadenantes

Los temas clave: la retribución, el plan de carrera, la toma de decisiones, las incumbencias, el manejo del dinero.

Mecanismos de prevención y resolución

La Planificación como método para evitar conflictos

 

Módulo 8: EL ARTE DE DEJAR LA EMPRESA SIN DEJAR LA VIDA

¿Es posible retirarse de la empresa de familia?

La definición del retiro a medida de cada uno, y cómo lograrlo.

Valuar la empresa: el valor consensuado, la valuación activa. Aplicaciones.

Vender la empresa o la participación societaria.

La donación y otros modos de transferir la propiedad.  

 

 

 Metodología

Exposición con referencia constante a casos prácticos, y taller dinámico para el debate de situaciones propuestas por los participantes, a fin de aplicar los conocimientos teóricos y encontrar soluciones útiles.  .

Inscripción on line

***Importante: Las fechas y la modalidad -presencial o virtual- quedan sujetas a la evolución de la pandemia de coronavirus en curso»

 

 

 

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Separación de bienes vs. Comunidad de gananciales

 

Quienes deciden casarse desde que está vigente el actual Código Civil y Comercial – agosto 2015 – pueden optar entre el régimen de “comunidad de gananciales” (el que siempre existió, y se conoció como “sociedad conyugal”) y el régimen de separación de bienes. En este artículo analizaremos las diferencias, y veremos qué es lo que más conviene a los integrantes de una empresa familiar.

 El Código Civil y Comercial, sancionado en 2015, ha dado mayor flexibilidad a una serie de cuestiones que tienen que ver con el manejo del patrimonio en la pareja.

En efecto: por un lado, se sancionan ciertas normas regulatorias de la “unión convivencial”, sin matrimonio (de lo que hablaremos en un próximo artículo). Por otro lado, se incorpora un nuevo régimen patrimonial para el matrimonio: el de separación de bienes, que resulta optativo, y puede ser elegido al momento de casarse, o puede incorporarse como una modificación al régimen patrimonial del matrimonio.

¿En qué consiste el régimen de comunidad de gananciales?

Consiste en que todos los bienes adquiridos durante el matrimonio por cualquiera de los cónyuges, que no provengan de una herencia, un legado o una donación, tienen el carácter de “bienes gananciales”, lo que significa que, al finalizar el matrimonio, sea por divorcio o por fallecimiento de uno de los cónyuges, se debe dividir por mitades.

Respecto de los bienes gananciales no importa quién los haya adquirido, ni a nombre de cuál de los cónyuges figuren: basta que hayan sido adquiridos mientras el matrimonio se encuentra vigente (y, como dijimos antes, que no impliquen un desplazamiento de dinero o bienes obtenidos por herencia, legado o donación) para que se los considere bienes gananciales.

 

 

Tanto en caso de divorcio como de fallecimiento de alguno de los cónyuges, se juntan todos los bienes gananciales, en una masa común, y de allí se hace la división: el 50 % corresponde al cónyuge sobreviviente, en tanto que el 50 % restante tiene el siguiente tratamiento:

  • Habiendo hijos, les corresponde a éstos, con excepción de que el fallecido hubiera realizado un testamento válido, en cuyo caso hasta la tercera parte de esa porción del 50 % corresponderá a los herederos testamentarios.
  • No habiendo hijos, esa porción se atribuirá a los padres y al cónyuge en partes iguales (si los padres no viven, exclusivamente al cónyuge) pero la mitad de esa porción podría haber sido dispuesta a través de un testamento, de un fideicomiso o de una donación.

¿En qué consiste el régimen de separación de bienes?

Cuando un matrimonio opta por el régimen de separación de bienes, no existen los bienes “gananciales”, no se genera una “comunidad de bienes” entre los cónyuges.

Esto significa que los bienes son de quienes los tienen a su nombre (salvo que se pruebe que hubo una simulación, y que el verdadero propietario no sea el que figura como tal).

Cada uno de los cónyuges está en libertad de comprar o vender bienes, con excepción de la vivienda familiar: no importa quién sea el propietario, para vender la vivienda, o para hipotecarla, se requiere el consentimiento del otro cónyuge, aunque no sea propietario.

En caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, concurre a la sucesión conjuntamente con los padres del fallecido en caso de que no tuviera hijos, o sea que el patrimonio se repartirá entre el cónyuge y los padres, pero, a través de un testamento válido, una donación o un fideicomiso, el titular del patrimonio puede disponer libremente de la mitad de sus bienes, sea para mejorar a alguno de sus herederos forzosos, o para beneficiar a un tercero.

En caso de que la persona fallecida hubiera tenido hijos, los padres no concurren a la sucesión, sino exclusivamente el cónyuge y los hijos en partes iguales: si una persona tiene un hijo, el patrimonio se reparte entre cónyuge e hijo; si tiene dos hijos, se divide por tres; si tiene tres hijos se divide por cuatro, y así sucesivamente. Asimismo, el causante tuvo la libertad, a través de un testamento, de una donación o de un fideicomiso, de disponer libremente de la tercera parte de su patrimonio.

 

 

Disposiciones en común

Sea cual fuere el régimen matrimonial (separación de bienes, o comunidad de gananciales) el cónyuge sobreviviente tiene derecho de habitación vitalicio y gratuito en el inmueble que huera sido asiento del hogar conyugal (art. 2393 CC y C).

A su vez, tal como sosteníamos en el punto anterior, la compraventa o la hipoteca del inmueble donde está asentado el hogar conyugal requiere consentimiento del cónyuge, en cualquiera de los regímenes de bienes.

El usufructo de los bienes propios y su impacto en las empresas de familia

Hay un punto especialmente relevante para las empresas de familia: resulta que, en el régimen de comunidad de gananciales, está establecido que el usufructo de los bienes propios es ganancial.

Esto significa que los terneros que nazcan después del matrimonio; los intereses que se obtengan como renta del capital, los dividendos de las acciones, son gananciales, por lo que deben ser repartidos al finalizar el matrimonio.

En algunos casos se trata de valores de elevada magnitud, lo que desalienta la posibilidad de que personas con un importante patrimonio se casen por el régimen de comunidad de gananciales.

Dado que, a su vez, la existencia de ese derecho podría dar lugar a pedidos de intervención societaria, u otras medidas que pueden poner en riesgo la confidencialidad de una empresa, es que, en general, en los protocolos familiares se establece la recomendación de que las nuevas generaciones contraigan matrimonio por el régimen de separación de bienes, a través del cual no cabe ninguna duda respecto de quién será el propietario de cada bien, en caso de divorcio.

 

 

 

 

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